Todo lo que necesitas saber para obtener las ayudas para comprar un coche eléctrico

Ayuda y consejos, Subvenciones

brotes de planta saliendo de un tarro con monedas

Si estás pensando en comprar un coche eléctrico, esto te interesa, porque el Gobierno ha aprobado el Plan MOVES, un programa de incentivos para la compra de vehículos eléctricos.

A través del Plan MOVES podrás recibir una ayuda de hasta 5.500 euros, y un mínimo de 1.000 euros adicionales por parte de los fabricantes o puntos de venta.

Te detallamos aquí los 4 requisitos que debes cumplir para poder recibir la ayuda del Programa de Incentivos de Movilidad Eficiente y Sostenible:

  1. El solicitante deberá ser una persona física mayor de 18 años y solo podrá beneficiarse de la ayuda para un vehículo. En el caso de profesionales o entidades públicas, el límite de ayudas es 30.
  2. El precio del coche eléctrico no puede superar los 40.000 euros, excepto para personas con discapacidad, con movilidad reducida y para familias numerosas, en cuyo caso podrá ser hasta los 45.000 euros.
  3. El solicitante debe haber sido propietario durante más de un año de un vehículo de más de diez años de antigüedad matriculado en España. Este se tendrá que dar de baja definitiva de circulación y acharratar.
  4. Tener debidamente abonado el impuesto de circulación (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) del vehículo a achatarrar desde 2014, así como la ITV en vigor.

¿Hasta cuánto puedo obtener como particular?

Todo depende del tipo de vehículo. Aquí tienes el desglose de todos los casos para que puedas calcular tu subvención en función de tu situación:

  1. Vehículos eléctricos, tanto eléctricos puros de batería, como híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida, de menos de 40.000 euros (hasta 45.000 para personas con discapacidad, con movilidad reducida y para familias numerosas):  subvención de hasta 5.500 euros, en función de la autonomía del vehículo.
  2. Turismos de pila de combustible de hidrógeno: 5.500 euros de ayuda.
  3. Vehículos comerciales eléctricos: subvención de 6.000 euros.
  4. Camiones y autobuses eléctricos: ayudas de entre 8.000 y 15.000 euros.
  5. Motocicletas eléctricas: subvención de 750 euros, solo si ofrecen una autonomía mayor de 70 kilómetros y un precio menor de 10.000 euros.
  6. Vehículos comerciales de GLP: subvenciones entre 4.000 y 15.000 euros para los particulares.
  7. Camiones o furgonetas GNC, GNL o bifuel: subvenciones entre 5.000 y 15.000 euros para los particulares.

¿Hasta cuánto puedo obtener de ayudas si soy una Pyme o una gran empresa?

Las pymes y las grandes empresas también pueden optar a los incentivos del Plan Moves, recibiendo también distintos importes según tipo de vehículo y el tamaño de la empresa solicitante.

Aquí tienes el detalle de cómo variarán las ayudas según la situación de tu empresa:

  1. Turismo eléctrico de más de 72 kilómetros de autonomía: 4.000 euros de ayuda para las pymes y 3.000 euros para una gran empresa.
  2. Turismos de pila de combustible de hidrógeno: en este caso las ayudas para empresa son las mismas que para particulares.
  3. Motos eléctricas: 750 euros de subvención para las pymes y 700 euros para las grandes corporaciones.
  4. Furgones de GLP, GNC o GNL: 2.500 euros de ayuda para las pequeñas y medianas empresas y 2.000 euros de subvención para las grandes empresas.
  5. Los camiones optarán a una subvención de 6.000 euros (los de menos de 18.000 kilos) y de 15.000 euros (los más pesados), independientemente del tamaño de la empresa solicitante.

¿Cuándo empieza el plan Moves y qué debo hacer para solicitar la subvención?

Cada comunidad autónoma decidirá si gestionar las ayudas directamente o a través de una entidad colaboradora, y la presentación de solicitudes comenzará el día indicado en la convocatoria autonómica.

Desde ese momento, las solicitudes, que se presentarán telemáticamente, serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos presupuestados.

Una vez presentada la documentación, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud. Si no se obtiene respuesta en dicho plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.